DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY : PRIMERO: Se admite en su totalidad la Acusación así como los medios de prueba plasmados en el mismo, por ser necesarios y pertinentes. SEGUNDO: Se Condena por el procedimiento por admisión de los hechos de conformidad con el 376 del Código Orgánico Procesal Penal y se le impone la condena a los Acusados JEAN CARLOS LOZADA, venezolano, natural de Barinas, Municipio Barinas, Estado Barinas, nacido el 21-06-1978, de 27 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.671.291, la cual no porta, de 27 años de edad, , de ocupación u oficio en refrigeración de carros trabaja en Frió Vicent en la Avenida Elías Cordero frente a la Unidad Educativa Alberto Arvelo Torrealba, hijo de Gladis Celina Lozada (v) y Julio Cesar Hernández (f), re.....