PRIMERO: Declara CON LUGAR la acción de CABIDA, incoada por AGROPECUARIA SACRAMENTO 999 C. A. representada por los ciudadanos ROSAURA ISABEL MEZA y YADIRA BARBOZA DE LUGO, Abogados en ejercicio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V.11.185.572, 7.601.238, respectivamente e inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 58.712 y 25.650, contra el ciudadano JUAN CABRERA ÁLAMO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédulas de Identidad N°. V 7.103.400.
SEGUNDO: En consecuencia, se condena al demandado a restituirle al demandante la cantidad de QUINCE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y OCHO BOLÍVARES CON CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 15.771.138,04), equivalentes al precio de venta de las faltantes TREINTA Y TRES HECTÁREAS CON OCHENTA Y UNA CENTIÁREAS (HAS 33,81), objeto de este juicio.
TERCERO: Se condena al Demandado JUAN CABRERA ÁLAMO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédulas de Identidad N°. V 7.103.400, a Pagar adicionalmente al demandante AGROPECUARIA SACRA.....