En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: NAUDY ALBERTO DIAZ VILLANUEVA y GENESIS JULIESI GUEDEZ VAAMONDE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 19.279.355 y V- 20.407.435, respectivamente, asistidos por el Abogado en ejercicio, JOSE RAFAEL HIDALGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 134.837; en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial civil que los une en virtud del matrimonio celebrado por ellos ante el Registro Civil Municipal de Barinas del estado Barinas, d.....