En consecuencia, este Tribunal ADMITE ha sustanciación cuanto lugar en derecho se refiere, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley; Se ordena citar a la parte demandada los ciudadanos GERARDO BACILIO UZCATEGUI TAZZO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-10.555.588, domiciliado en la Avenida Elias Cordero, Edificio "Los Palmares" piso 1, oficina 2,(diagonal a dimalla), Parroquia el carmen Municipio Barinas estado Barinas; JOSE MANUEL UZCATEGUI TAZZO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-11.191.648, domiciliado en el fundo "La Fortaleza" ubicado en la carretera via el Tamayero, Sector la Legua, Parroquia San Silvestre Municipio Barinas estado Barinas; ÁLBARO ENRIQUE UZCATEGUI SALAZAR, , venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-11.191.690, domiciliado en el fundo "el Palenque" ubicado en la carretera vía el Tamayero, Sector la Legua, Parroquia San Silvestre Municipio Barinas estado Barinas;.....