Por los fundamentos expuestos en líneas pretéritas, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Que el ciudadano LUIS EDUARDO CASTRO MORALES, ES VENEZOLANO POR NACIMIENTO por haber nacido en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, el día 23 de agosto de 1996, en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, acreditándose ese hecho y su derecho con su acta de nacimiento, cédula de identidad, pasaporte, datos filiatorios y declaraciones testimoniales.-
SEGUNDO: Se ordena oficiar al CNE a los fines de remitirle copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal
TERCERO: Se ordena expedir por Secretaria las copias certificadas solicitadas de las presentes actuaciones y devolver la presente solicitud en original al solicitante.
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