DECISION
Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS Y LE IMPARTE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, absteniéndose de ordenar el archivo de la presente causa, hasta tanto conste en autos que se han cancelado las cantidades convenidas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho de este Juzgado, en Barinas, a los quince (15) días del mes de Junio del dos mil seis, años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
La Juez,
Abg. Honey Montilla Bitriago
La Secretaria.
Abg. Arelis Molina
En horas de despacho se publico la anterior sentencia bajo el No.136. Conste.
La Secretaria.