Los Ciudadanos antes mencionados convinieron por ante éste Tribunal, en que el primero de los nombrados pasaría las siguientes Cantidades como Pensión de Alimentos, la cual será depositada en la misma cuenta tal como lo venía realizando según consta en el expediente signado bajo el Número 127, dicha cantidad de dinero se comprometió a depositarla de la manera siguiente: =====================
PRIMERO: La cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,oo) MENSUALES, a favor de los niños: ALFREDO, JESÚS GABRIEL Y ANDREÍNA DEL VALLE SOTO PERNÍA; como pensión de alimentos, monto que depositará los últimos días de cada mes a partir del presente mes de Junio del corriente año y los serán retirados por la madre de mis hijos antes mencionados.-=======================================
SEGUNDO: En el mes de Diciembre como bonificación especial de Fin de año la cantidad DOSCIENTOS DE BOLIVARES (Bs.200.000,oo) más CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,oo) correspondiente a la mensualidad del mes .....