En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Segundo De Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas Del Municipio Barinas De La Circunscripción Judicial Del Estado Barinas, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la oposición a la medida preventiva decretada por el Juzgado Primero de Municipio Barinas de esta circunscripción Judicial en fecha 28/10/2011 y practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de la circunscripción judicial del estado Barinas en fecha 08/11/2011, presentada por la sociedad mercantil "Comercial La Gaviota 2009, C.A., y como consecuencia:
PRIMERO: Se Ordena levantar la medida preventiva decretada en fecha 08/11/2011, y subsiguiente la restitución del bien inmueble secuestrado a la parte co-demandada sociedad mercantil "Comercial La Gaviota 2009, C.A., consistente en un local comercial constituido por un inmueble, consistente en un Local Comercial, con un área de Trescientos Cuare.....