DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente Causa, de conformidad con lo establecido en los Artículos 45 y 318, Ordinal 5°, del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del Ciudadano: JOSÉ RAMÓN LÓPEZ RIVERA, Venezolano, de 56 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.588.933, nacido en fecha: 30-05-1951, natural de Cúcuta, República de Colombia, comerciante, hijo de Ana Mercedes Rivera de López (F) y de José Ramón López Zambrano (F) y residenciado en la Calle 03 con Carrera 03 esquina, Casa N° 2-32, Barinitas, Municipio Bolívar, Estado Barinas; por los delitos de: AMENAZA Y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los Artículos 16 y 17, ambos en concordancia con el Artículo 4, de la .....