DISPOSITIVA
Oída la exposición de las partes este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 03, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR solicitada por las defensas Privadas Abg. Maria Brizuela y Abg. Hilda Cecilia Guerra de los acusados PABLO IGNACIO RIVERO GRAJALES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.024.666, de 21 años de edad, nacido el 20-11-87, natural de Barinas Estado Barinas, de estado civil soltero, ocupación u oficio estudiante de quinto años de bachillerato, hijo de Luz Marina Grajales Ocampo (V) y de Pablo Rivero (V), residenciado en Barrancas, barrio Chico Toro, calle III, al final de la calle España, teléfono 0414-1598028, Barrancas Estado Barinas y YHOEL JOSE VALERO AZUAJE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.278.463, de 21 años de edad, nacido el 18-03-87, natural de Barrancas Estado Barinas, de estado ci.....