DECISIÓN
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior del Trabajo tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la inhibición propuesta por el Abogado José Morales, actuando como Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Coordinación Laboral del Estado Barinas
SEGUNDO: Remítase las presentes actuaciones al Juzgado de origen, a los fines de continué sustanciando la causa Nº EP11-L-2005-000498.
Regístrese, publíquese, expídanse las copias de ley, y remítase con oficio.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho de este Juzgado, en Barinas, a los dieciséis (16) días del mes enero de 2.007, años 196° de la
Independencia y 147° de la Federación.
La Juez
La Secretaria .....