Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero provenientes del referido crédito que posee a su favor en esta empresa C.A. ENERGIA ELECTRICA DE VENEZUELA (ENELVEN), la parte co-demandada JANTESA, ya identificada, derivado del Contrato Territorial Numero C-09/06, para la ejecución del proyecto "INGENIERIA, PROCURA Y CONSTRUCCION DEL CICLO COMBINADO TERMOZULIA II" REF. 1GAV060471", todo hasta cubrir la suma decretada por el juzgado de la causa, es decir la cantidad de TREINTA MIL MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 30.000.000.000,00), hoy en día equivalente a la cantidad de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 30.000.000,00).