Este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara formal y preventivamente embargado el bien mueble anteriormente señalado, por cuanto el avalúo realizado por el perito designado a dicha maquinaria excede al monto decretado por el Juzgado de la Causa, si dicha medida recayera sobre bienes muebles, es por lo que este Juzgado limita los efectos de la misma, sólo hasta cubrir la cantidad de Veintidos Millones Noventa y Cinco Mil Bolívares (Bs.. 22095.000,oo), y lo pone en este acto bajo la guarda y custodia del representante de la Depositaría Judicial, quien declara recibirlo conforme en las condiciones anteriormente señaladas. En este estado el apoderado judicial de la parte actora expuso: Recibo en el este acto la cantidad de Siete Millones de Bolívares (Bs.. 7000000,oo) como parte de pago de la deuda que tiene contraída la em.....