DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de los ciudadanos José de los Ángeles Jaimes Rojas y Elda María Martínez de Jaimes, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído en Bum Bum, Parroquia Andrés Bello, Municipio Antonio José de Sucre, del Estado Barinas, el 14-10-1989, específicamente ante el funcionario autorizado por el Gobernador de este Estado, en su carácter de Misionero, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio N° 15, cursante al folio dos (2) de este expediente, e inserta por ante la Prefectura del expresado Municipio, en fecha 15-12-1989, bajo el Nº 306.