D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de derecho ante expuestas, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con lugar la Fijación de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 13 de Febrero de 2.017, por la Ciudadana:¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ Yelitza Del Carmen Segura Paredes, en la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs.30.000,oo) Mensuales, que se ordenan a cancelar, a partir del presente mes de Marzo del presente año; y una Bonificación especial por la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs.100.000,oo) en el mes de Diciembre de cada año, para gastos de navidad y año nuevo, adicionales a la Obligación de ese mismo mes, cantidad éstas que deberán ser canceladas dentro de los primeros Cinco (05) días de cada m.....