D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la Solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 22 de Febrero de 2.011, por la Ciudadana: Nanci Coromoto Moreno Montilla, y en consecuencia, fija prudencialmente la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,oo), mensuales, que se ordenan cancelar a partir del presente mes de Mayo del año 2.011, en beneficio de sus hijos: María del Pilar González Moreno y José Rafael González Moreno; y una Bonificación especial en el mes de Agosto para la compra de útiles y uniformes escolares, por la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,oo), adicionales a la Obligación del mismo mes; y la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLÍVA.....