DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio Mixto N° 2, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, por medio de la presente sentencia acuerda por unanimidad absoluta de sus miembros: PREVIO: Cambia la calificación jurídica de violación agravada al delito de acto carnal, previsto en el artículo 379 del Código Penal. PRIMERO: CONDENA al acusado WILFREDO ALEXANDER VELANDRIA, mayor edad, titular de la cédula de identidad N°8.412.435, residenciado en el Barrio Brisas del Río, calle 04, poste N° 199, casa S/N de esta ciudad de Barinas; a cumplir cada uno la pena de DIECIOCHO (18) MESES DE PRISIÓN por la comisión del delito de Delito de ACTO CARNAL EN PERSONA MAYOR DE DOCE Y MENOR DE DIECISÉIS AÑOS, previsto y sancionado en el artículo 379 del código Penal, con penalidad doble y con la agravante prevista en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescentes, en perjuicio.....