¿.este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara formal y ejecutivamente embargado el inmueble anteriormente señalado por el co-apoderado judicial de la parte actora, ubicado en la Urbanización Cuatricentenaria, vereda 16, sector 15, casa Nº 06, de esta ciudad de Barinas, municipio y estado Barinas, dentro de los linderos anteriormente verificados por el práctico, y valorado por el perito en la cantidad de Treinta Millones de Bolívares (Bs 30000000,oo), es por lo que este Juzgado limita la medida ejecutiva de embargo sólo hasta cubrir la cantidad decretada por el Juzgado de la Causa, es decir, Veintisiete Millones Quinientos Cuarenta y Dos Mil Seiscientos Veintiún Bolívares con Diecisiete Céntimos (Bs 27542621,17), por cuanto el avalúo realizado por el perito sobre dicho inmueble es superior al monto decretado, lo pone en este acto en .....