este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ORDENA: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos se determina que el adolescente, antes identificado fue sancionado por la comisión del delito de; ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, previstos en los artículos 5 y 6, numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano; Alexis de Jesús Díaz, a cumplir las medidas previstas en el artículo 620, literales "b" y "d", en relación con los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, consistiendo en; 1.- Prohibición de portar armas de cualquier tipo, sin el respectivo permiso de ley. 2.- Prohibición de poseer, consumir y traficar sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 3.- Obligación de tener una ocupación u oficio licito, debiendo consignar ante el tribunal las constancias respectivas. 4.- Proh.....