D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con Lugar la Solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 19 de Noviembre de 2.012, por la Ciudadana: Raiza Morela Pinilla Jaime, y en consecuencia, fija la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,oo) mensuales, que se ordenan cancelar al demandado en autos, a partir del presente mes de Enero del año 2.013, en beneficio de su hijo: José Alirio Salcedo Pinilla; y las Bonificaciones Especiales en los meses de Agosto para la compra de útiles y uniformes escolares, adicionales a la Obligación del mes; y Diciembre de cada año para cubrir gastos estrenos navideños, adicionales a la obligación de ese mismo mes, este Juzgado acuerda .....