PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE para Decretar Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria presentada por el ciudadano Pedro Elías Buitrago Cañas, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.171.924, representado por el abogado Fernando José Quintana Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 198.947, sobre el Predio denominado "EL TURPIAL", ubicado en el Sector Gallego-Paguey, parroquia Santa Inés, municipio Barinas del estado Barinas, y dentro de los siguientes linderos: Norte: Vía de penetración Gallego-Paguey; Sur: Rio Paguey; Este: Terrenos ocupados por los hermanos Garcia; y Oeste: Terrenos ocupados por Isolina Vivas, constante de una superficie total de Cuarenta y Seis Hectáreas con Cuatro Mil Setecientos Tres Metros Cuadrados (46 has con 4.703 m2).
SEGUNDO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCION AGROALIMENTARIA. sobre el predio denominado "EL TURPIAL", ubicado en el Sector Gallego-Paguey, parroquia Santa Inés, municipio Barinas del estado Barina.....