PRIMERO: declara INADMISIBLE la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por el ciudadano ALEXIS RAMÓN RAMONES RAMÍREZ, en su carácter de apoderado judicial de la Firma Mercantil "AGROPECUARIA EL MANGÓN, C.A", contra presuntos perteneciente a la Asociación Cooperativa "LA ULTIMA BATALLA" y contra presuntos funcionarios del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS.
SEGUNDO: Por cuanto se considera que la presente acción de Amparo Constitucional no es manifiestamente temeraria, no hay condenatoria en costas al accionante, de conformidad con lo dispuesto en la parte final del artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.