D I S P O S I T I V O
En consideración de los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA de los co-demandados UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS OCCIDENTALES EZEQUIEL ZAMORA (UNELLEZ), en su carácter de propietario del vehículo, y el ciudadano: EDGAR JOSE REYES OROPEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.672.518, en su condición de conductor.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara CON LUGAR la demanda por Daño Materiales ocasionados en Accidente de Transito, incoada por el ciudadano SELESTINO CHACON RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.450.081, representado por su Apoderado Judicial G.....