DECISIÓN
Este Juzgado Superior del Trabajo del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de Medida Cautelar de suspensión de los efectos del acto administrativo de efectos particulares contentivo de certificación N° 75/2011 dictada en fecha 22 de diciembre de 2011 por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Barinas, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral, suscrita por el Dr. Carlos Carmona, Médico del Servicio de Salud Laboral, realizada por el abogado en ejercicio Eduardo José Morillo Barrios, titular de la cédula de identidad N° V. 17.768.668 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula N° 146.898, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil BLINDADOS CENTRO OCCIDENTE, C.A.....