D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la Solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 08 de Abril de 2.014, por la Ciudadana: Rosa Castillo, y en consecuencia, fija prudencialmente la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs 1.200,oo) Mensuales, que se ordenan cancelar a partir del mes de Julio del año 2.014, en beneficio de su hijo: Jonathan José Salazar Castillo y las Bonificaciones Especiales en los meses de Agosto para la compra de útiles y uniformes escolares, adicionales a la Obligación del mes por la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 3.000,oo); y Diciembre de cada año para cubrir gastos estrenos navideños, este Juzgado acuerda prudente fijar por la canti.....