En consecuencia, de los razonamientos tanto de hecho como de derecho anteriormente explanados, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, actuando en materia de Protección del Niño, Niña y Adolescente y en uso de sus amplias facultades que le confiere los artículos 677 y 520 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el Ofrecimiento de OBLIGACION DE MANUTENCION que formulara el ciudadano: MIGUEL PEREZ BALZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.186.984, domiciliado en el Barrio San José parte baja, de la población de Capitanejo, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas; en beneficio de su hija representada por su legitima madre, ciudadana: ISABEL ROJAS MAQRQUEZ, v.....