El Tribunal DECLARO LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LA MISMA, a favor del penado NERIO SEGUNDO URDANETA CHIRINOS, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad N° V-17.113.004, hijo de Ingrid Urdaneta y Nerio Ramón Urdaneta, con última residencia conocida en: Barrio la Misión, calle 101B, N° 25-55, a una cuadra del Colegio Juan Paredes, Maracaibo, Estado Zulia; quien fue condenado por el Juzgado Segundo en funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Zulia, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HOMIVIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el articulo 407 del Código Penal del Código Penal, en concordancia con el ordinal 3° del articulo 84 ejusdem, cometido en perjuicio del ciudadano AGUSTIN ENRIQUE GOMEZ; ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 de.....