en virtud de lo antes expuesto este JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta NULIDAD ABSOLUTA de las actuaciones conforme a las cuales se practico la detención del CiudadanoJOSE GABRIEL TORRES QUINTERO, de nacionalidad venezolano, natural de la Villa del Rosario Estado Zulia, de estado civil concubinato, de profesión u oficio tercer año ayudante de mecánica, Titular de la Cédula de Identidad No. V- 17.405.212, fecha de nacimiento 12-05-84, edad 19 años, hijo de Camilo Segundo Torres y Carmen Rosa Quintero, residenciado en URBANIZACION SAN FELIPE III CASA N° 17, AVENIDA 30 AL LADO DEL ABASTO JOSE ALTUVE, teléfono 7314959 Maracaibo Estado Zulia, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL en perjuicio de FRANKLIN JOSE TORRES ALVAREZ, en atención a lo dispuesto en los artículos 44.1 de la Constitución d.....