En consecuencia conforme el artículo 469, parte final del encabezamiento y 472
LOPNNA, por cuanto no comparecieron personalmente ninguna de las partes en
la presente causa, a la fase de mediación de la audiencia preliminar,SE
DECLARA DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL
PROCESO, DESISTIMIENTO QUE EXTINGUE LA INSTANCIA. No obstante la
demandante podrá volver a presentar su demanda pasado que transcurra un
mes. Y ASI SE DECIDE. Fue todo, término se leyó y conformes firman. Siguen
firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de Mediación,
Sustanciación y Ejecución Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la misma
fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la
.´ Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal Primero de Primera
Instancia. de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial,
CERTI FICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales,
cursantes a los.....