PRIMERO: Declara la Perención de la Instancia en la presente causa, y por ende, se extingue el procedimiento. SEGUNDO: Notifíquese a la solicitante ciudadana MARIELA DEL VALLE FLORES MOSQUEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.8.142.285, con domicilio procesal en la Urbanización Alto Barinas Garden, calle 10, casa Nº215, de la ciudad de Barinas, municipio Barinas, Estado Barinas, mediante boletas fijadas en la sede de este Tribunal, de conformidad con lo previsto en la parte final del artículo 174 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Cúmplase con la publicación en el Portal Web del Tribunal Supremo de Justicia. CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada del presente fallo. QUINTO: No se hace condenatoria en costas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 283 eiusdem.