DISPOSITIVA
Por los fundamentos arriba establecidos, este Juzgado Único de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud interpuesta por la Defensa del acusado JOSE RAMON COVA AUBORG, en el sentido que se le REVOQUE a su patrocinado la Medida de Protección y Seguridad, impuesta en su contra y a favor de la victima de autos establecida en el ordinal 3 del artículo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que pesa en su contra, ya que la modificación y revisión de la misma, es IMPROCEDENTE, y se MANTIENE la MEDIDA DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD, establecida en el ordinal 3 del artículo 87 de la Ley Especial de Género a favor de la victima, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 264 del Có.....