En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer de la acción que por Medida de Protección Agrícola y Pecuaria interpusiera la Asociación Civil de Productores "FRENTE PEDRO CAMEJO", registrada por ante el Registro Público del Municipio Barinas en fecha 11 de julio de 2016, inscrita bajo el número 12, Folio 48 del Tomo 26, del Protocolo de Transcripción del año 2016, asistida por los abogados en ejercicio Alfredo José Calles German, Leonardo José Espinoza Montoya, María Elena Barrios Ramírez y Yaniriz Lisbeth Torres Álvarez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 9.262.727, V-10.562.658 V-10.234.337, V-15.072.076, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.....