SE DECLARO ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada María Carolina Merchán, en su condición de Fiscal Tercera del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 02.03.2011, dictada por el Tribunal 3° de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la Orden de Aprehensión Judicial solicitada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, y de conformidad con lo dispuesto en el tercer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los DIEZ (10) días hábiles siguientes a la fecha del presente auto de admisión.