Como puede apreciarse el día 04 de Junio de 2007, consigna el Querellante copia simple del cumplimiento del Acuerdo Reparatorio exhibiendo el original para el cotejo d elas msima y dan por extinguida la deuda del querellado; por lo cual se satisfizo en su totalidad el daño al Querellante, y el mismo acepto conforme dicho ofrecimiento. Planteada así la situación procesal el Tribunal considera que el Acuerdo Reparatorio ha sido cumplido por el Querellado ALEXANDER OLIVO GONZALEZ ZAMBRANO. Y ASÍ SE DECLARA.