EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de los adolescentes: YELIBET y CHARLES DARIO SALAZAR SOLARES.
SEGUNDO: Los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Despacho, que el ciudadano RUBEN DARIO SALAZAR CARDENAS, ya identificado, se obliga alimentariamente en favor de sus hijos YELIBET y CHARLES DARIO SALAZAR SOLARES, por la cantidad mensual de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000;oo), mas dos cuotas especiales por una cantidad igual es decir, CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000;oo), la primera en el mes de Septiembre con ocasión al inicio del año escolar y la segunda en el mes de Diciembre con ocasión a las festividades navideñas, así como el 50% de los gastos médicos en caso de enfermedad, calzado y vestido de uso diario, a partir del mes de Abril del presente año.
Este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando.....