SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio ciudadano: Jesús Ramos Reyes.
Se declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA por haber operado la PERENCIÓN, a tenor de lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
Se CONFIRMA la decisión apelada, con la motivación expuesta.