DECISION
Este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La nulidad del auto de fecha 04 de Julio de 2007, dictado por el Juzgado Primero del Municipio Barinas del Municipio Barinas y se ordena la reposición de la causa, a los fines de que el Juez a quo, resuelva la impugnación efectuada a la experticia realizada por el lic. Arquímedes Talavera, con base al dictamen pericial.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no se condena en costas a la parte demandada.
TERCERO: Remítase el presente expediente al Juzgado de origen a los fines de la continuación del proceso
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho de este Juzgado, en Barinas, a los dieciocho (18) días del mes Julio de 2.007, años 197° de la Independencia y 148° de la Fe.....