Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio: Asdrúbal Rafael Piña.
Se declara CON LUGAR LA DEFENSA DE FONDO DE PRESCIPCIÓN DE LA ACCION opuesta por la parte accionada, y como consecuencia de ello extinguida la instancia.
Se CONFIRMA la sentencia apelada, en los términos expuestos.
Se condena a la parte apelante en las costas del recurso, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Se ORDENA LA NOTIFICACION DE LAS PARTES Y/O SUS APODERADOS JUDICIALES, en virtud de que la presente decisión fue proferida fuera del lapso legal.