En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por desafecto, formulada por la ciudadana: NOHEMI LUCIA ARAQUE HERNANDEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.914.294, contra el ciudadano: NESTOR DANIEL VALERA DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.401.212, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil y las sentencias vinculantes Nros. 1070 de fecha 09/12/2016, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y Nº 136 del 30/03/2017 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia; en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia El Junko.....