El Penado podrá solicitar cualquiera de las formas de cumplimiento de pena, incluyendo la Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio de conformidad al Artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal. Podrá solicitar el Destacamento de Trabajo (1/4 parte de la pena) en fecha 14/11/2007, el Establecimiento Abierto (1/3 parte de la pena) en fecha 14/08/2008, el Indulto (1/2 parte de la pena) en fecha 14/08/2009, la Libertad Condicional (2/3 partes de la pena) en fecha 14/08/2011, y el Confinamiento (3/4 partes de la pena) en fecha 14/05/2012.