DISPOSITIVA
Por lo fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado : JOSE RENE GARCIA GONZALEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Cedula de Identidad N° V-19.624.292, de 29 años de edad, fecha de nacimiento,25/01/79, estado civil concubino, de profesión u oficio ayudante de albañilería, Hijo de Aurora González y Juan Gabriel, residenciado en el Parcelamiento Las Cabimas, avenida Principal, casa color blanco una calle antes del puentecito, municipio El mojan del Estado Zulia, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS, DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, establecidas en el artículo 13 Y 34 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR; previstos y sancionados en del articulo 5 en concordancia con el articulo 6 ordinale.....