D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por los Abogados Francesco Zordan y Franco Magneto Amirante, contra el auto dictado en fecha 05/11/09, motivada en fecha 12/11/09, por el Tribunal Tercero de Control, en la cual declaró con lugar una excepción y no se pronunció por todas las excepciones opuestas, en consecuencia se REVOCA el auto recurrido de conformidad con los artículos 173 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena que otro Juez de Control de este Circuito Judicial Penal, realice nuevamente la audiencia preliminar y se pronuncie sobre todas las peticiones interpuestas.
Regístrese, diarícese, y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Audiencias de esta Cor.....