este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ORDENA: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos: Se determina que el adolescente antes identificado fue sancionado por la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO FRUSTRADO. ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR FRUSTRADO, previstos en los artículos 458, en relación con el artículo 80, segundo aparte del Código Penal Venezolano Vigente, y los artículos 5 y 6, numerales 1,2 y 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio de la ciudadana; MARIA RAMONA ROJAS, a cumplir las medidas previstas en el artículo 620 literales “b” y “d”, en concordancia con los artículos 624 y 626 de la ley especial que regula la presente materia, que consiste: IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, con el fin de regular el modo de vida del adolescente, obligándose a cumplir con las siguientes normas: 1.- Obligación de someterse al cuidado y .....