declara como únicos y universales herederos del de-cujus Efraín Arcángel Pernalete Magdaleno, a la solicitante ciudadana Fredubinda Araque viuda de Pernalete, ya identificada y a los ciudadanos Ariadny del Carmen Pernalete Araque, Efraín José Pernalete Araque y Degnys del Valle Pernalete Araque, venezolanos, mayores de edad, titularesde las cédulas de identidad Nros. 9.268.454, 9.386.478 y 12.205.394 en su orden. Se dejan a salvo los derechos de terceros.