Este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CONFIRMADA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas de fecha 28 de Abril de 2.008, en la cual se declaro Parcialmente con Lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales interpuesta por las ciudadanas Ramona Villa, Anatolia Arraiz y Norelsi Mejias contra la Comisionaduria de Salud del Estado Barinas, ordenándose el pago de las cantidades en la motiva del presente fallo mas la cantidad que resulte por concepto de intereses moratorios y corrección monetaria, calculados mediante experticia complementaria del fallo efectuada en los términos expuestos en la motiva del presente fallo.
SEGUNDO: Da.....