este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ORDENA: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos, se determina que el adolescente antes identificado fue declarado penalmente responsable y sancionado en fecha 18/02/2.010, por la comisión de los delitos de; ROBO GENERICO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 455 en relación con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano; Jefersón Antonio Romero Vivas, a cumplir la medida prevista en el artículo 620 literal "b", en concordancia con el artículo 624 de la ley especial que regula la presente materia, que consisten en: a) IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, con el fin de regular el modo de vida del adolescente, obligándose a cumplir con las siguientes normas: 1.- Prohibición de portar cualquier tipo de armas. 2.- Prohibición consumir, poseer y traficar sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 3.- Obligación de buscar una .....