En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR los Recursos de Apelación propuestos por el profesional del derecho DANIEL JOSE OLMOS TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.457, con el carácter de defensor del ciudadano KEIVER JOSE RIVERA BRIÑEZ, y por la profesional del derecho NANCY ACOSTA, Defensora Pública Octava Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, con el carácter de defensora del ciudadano CARLOS GOMEZ MORA.
SEGUNDO: SE REVOCAN las Decisiones N° 8J-170-2011 y 8J-171-2011, dictadas en fecha veintiuno (21) de diciembre de 2011, dictada por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, respectivamente.
TERCERO: SE DECRETA el decaim.....