Por los fundamentos expuestos, este Juez Unipersonal No. 1 Provisorio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a la ciudadana GERONIMA RAMONA ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.293.054, actuando en representación de su hijo el niño (NOMBRE OMITIDO), de 11 años de edad, para que reciba la cuota parte que le corresponde a sus representados por concepto de acervo hereditario, en Cheque de Gerencia y a la orden de este Juez Unipersonal Nº 1 como beneficiario del causante NUMA RAFAEL CHIQUITO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No V- 2.855.250, todo sin perjuicio del cumplimiento que hubiere lugar para con el Fisco Nacional.
El monto que corresponda deberá ser consignado mediante cheque de gerencia.....