este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la RECUSACIÓN ejercida por el ciudadano JOSEPH MENDOZA, asistido por la abogada MILVA ANDREA NEGRETE, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 119.307, en la demanda de Interdicto de Despojo intentada por la ASOCIACION CIVIL DE VIVIENDAS "ASOCPROVI" contra la COOPERATIVA LOS LLANOS DE SION; contra la Abogada YRIANA DIAZ PEÑA, Jueza Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.