este Tribunal de Ejecución Ordena: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos: Se determina que el adolescente antes identificado fue sancionado por la comisión del delito de: TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y OCULTAMIENTO DE MUNISIONES, previsto en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Y 277 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, a cumplir las medidas previstas en el artículo 620 literales “b” y “d” en concordancia con los artículos 624 y 626 de la ley especial que regula la presente materia, que consisten en: IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, por el Lapso de DOS (02) AÑOS, con el fin de regular el modo de vida de la adolescente, se obliga a cumplir con las siguientes normas: 1. Obligación de presentarse ante el Servicio Psiquiátrico de esta Sección .....